Estamos entrando en la fase final para incorporar la codificación UDI-DI para dispositivos médicos de Clase IIa en Colombia.
- SVip

- 8 nov
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De acuerdo con la legislación vigente, el requisito de incluir el código UDI-DI correspondiente para los productos registrados antes de febrero de 2024 vence el 8 de febrero de 2026. Si no se incorpora el código UDI-DI dentro del plazo establecido, no se podrá comercializar el producto en Colombia, ya que el INVIMA considerará el registro como no conforme con los requisitos regulatorios actuales.
Le recomendamos revisar su portafolio para confirmar que todos los registros de productos de Clase IIa cumplen con este requisito y se mantienen alineados con los estándares regulatorios del INVIMA.
Si necesita ayuda para verificar o enviar su código UDI-DI, nuestro equipo está disponible para guiarlo en cada paso del proceso.



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